Estados Unidos: ¿Es la hinchazón “ligeramente dulce”?
Para imprimir este artículo, todo lo que necesita es estar registrado o iniciar sesión en Mondaq.com.
Oregon Chai hace una bebida llamada “Chai Tea Latte”. En el empaque, justo encima del nombre del producto, en letras grandes, la bebida se promociona como “Ligeramente dulce”. El frente del empaque también dice que el producto es “Un toque menos dulce en nuestro chai auténtico”. ¿Oregón Chai necesita justificación para su afirmación de “ligeramente dulce”? ¿O el reclamo es simplemente una exageración no procesable?
En una demanda presentada contra Oregon Chai, alegando publicidad falsa y otros reclamos bajo la ley de Nueva York, el demandante alegó que el lenguaje “Slight Sweet” es falso y engañoso porque lleva a los consumidores a creer que el producto es bajo en azúcar, cuando, en De hecho, contiene once gramos de azúcar por porción. En otras palabras, alega el demandante, el reclamo llevará a los consumidores razonables a creer que el producto es “más bajo en azúcar de lo que es”.
Si bien este argumento tuvo éxito en un caso relacionado con la kombucha “ligeramente endulzada” que yo blogueado Sobre la semana pasada, el tribunal de aquí tomó la decisión contraria, concediendo la moción de Oregon Chai para desestimar.
El tribunal adoptó las conclusiones del juez de primera instancia, quien sostuvo que el lenguaje “ligeramente dulce” es mera exageración porque “no proporciona una medida o indicación objetiva de la cantidad de azúcar en el producto y, en cambio, se refiere a una afirmación subjetiva sobre el producto”. nivel de dulzura que no se puede probar ni como verdadero ni como falso”. En apoyo de su hallazgo, el magistrado dijo que creía que “Slightly Sweet” era solo una representación del “perfil de sabor” del producto y no de la cantidad de azúcar que contiene.
El tribunal también adoptó el razonamiento del juez de instrucción de que, incluso si la frase fuera engañosa, “cualquier ambigüedad o confusión con respecto al contenido de azúcar del Producto” se solucionó con la información nutricional proporcionada en la parte posterior del producto.
¿Cómo concilia esto con la decisión de la semana pasada sobre “ligeramente endulzado”? ¡Buena pregunta!
Brown contra Kerry2022 WL 669880 (SDNY 2022).
Esta alerta proporciona una cobertura general de su área temática. Lo proporcionamos en el entendimiento de que Frankfurt Kurnit Klein & Selz no se dedica en este documento a brindar asesoramiento legal y no será responsable de los daños que resulten de cualquier error, inexactitud u omisión. Nuestros abogados ejercen la abogacía solo en jurisdicciones en las que están debidamente autorizados para hacerlo. No buscamos representar a clientes en otras jurisdicciones.
ARTÍCULOS POPULARES SOBRE: Medios, Telecomunicaciones, TI, Entretenimiento de Estados Unidos
‘ Este Articulo puede contener información publicada por terceros, algunos detalles de este articulo fueron extraídos de la siguiente fuente: www.mondaq.com ’